1.-
Analisis de los riesgos a los que están expuestas las personas trabajadoras
por cada puesto y área del centro de trabajo.

2.- Determinación del equipo de protección personal que deben
utilizar las personas trabajadoras en función de los riesgos de trabajo
a los que están expuestos por las actividades que desarrollan o por
las áreas en donde se encuentran.

3.- Certificado para el equipo de protección persona, emitido
por un organismo de certificación, acreditado y aprobado en los términos
de la Ley de Infraestructura de la Calidad.

4.- Indicaciones, instrucciones o los procedimientos para el uso,
revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo
y disposición final del EPP.

5.- Documento donde se indique que se Comunica a las personas trabajadoras
los riesgos de trabajo a los que están expuestas, por puesto y área
del centro de trabajo, con base a la identificación y análisis de
riesgos.
6.- Documento donde se asegure que las personas trabajadoras de empresas
contratadas para realizar trabajos de Servicios Especializados u Obras
Especializadas no considerados como preponderantes del centro de trabajo,
conozcan los riesgos, las medidas de seguridad y, en su caso, el equipo
de protección personal.

7.- Constancias de capacitación y adiestramiento para identificar
el equipo de protección personal que deben utilizar conforme al riesgo
al que están expuestas, así como para el uso, revisión, reposición,
limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final
del equipo de protección personal, con base en las indicaciones, instrucciones
o procedimientos para tal efecto.

8.- Constancias
de que las personas trabajadoras utilicen el equipo de protección
personal proporcionado, con base a la capacitación y adiestramiento
previo.
9.- Constancias
de que las personas trabajadoras de las empresas Contratistas de Servicios
Especializados u Obras Especializadas, porten el equipo de protección
personal.
10.- Registros
sobre la revisión, reposición, limpieza, mantenimiento, resguardo
y disposición final del EPP que requiera mantenimiento, incluido,
en su caso, aquél que se utilice para la protección contra sustancias
químicas peligrosas o agentes biológicos capaces de alterar la salud
de las personas trabajadoras.