1.- Clasificación del tamaño de la obra de construcción.
2.-
Descripción de las actividades a desarrollar, los riesgos a los que
se enfrentan los trabajadores y la relación de medidas de seguridad
por adoptar antes y después de su ejecución, en el caso de obras pequeñas.
3.-
Análisis de riesgos potenciales para obras medianas y grandes.
4.-
Sistema de seguridad y salud en obras medianas y grandes.
5.-
Programa para la revisión y mantenimiento preventivo del equipo y/o
maquinaria utilizados en obras medianas y grandes.
6.-
Procedimientos de seguridad, para obras medianas y grandes:
a) Revisión y mantenimiento de las herramientas y equipos utilizados
por los trabajadores, que al menos contemple la actividad por llevar
a cabo, las fechas de realización y el responsable de su ejecución.
b) Colocación y manejo de las instalaciones eléctricas, provisionales
y definitivas.
7.-
Instrucciones de seguridad, en el caso de obras medianas y grandes:
a) Trabajos de relleno y compactación; fabricación y manejo de cimbra;
manejo y colocación de concreto y, en su caso, para realizar dos o
más de estas actividades de manera simultánea.
b) Trabajos peligrosos.
8.-
Procedimientos para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones,
mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección
personal, basados en la información del fabricante, y conforme a lo
que señala la NOM-017-STPS-2008.
9.-
Medidas de seguridad que apliquen a las actividades por desarrollar
en la obra de construcción.
10.-
Autorizaciones de funcionamiento de los recipientes sujetos a presión
y generadores de vapor utilizados en las obras de construcción, de
acuerdo con lo señalado por la NOM-020STPS-2002
11.-
Señalizaciones de seguridad, con base en lo que dispone la NOM-026-STPS-2008.
12.-
Plan de atención a emergencias.
13.-
Capacitación a los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo,
en el caso de las obras medianas y grandes
14.-
Constitución en la obra de construcción al menos una comisión de seguridad
e higiene y supervisar que realice sus funciones, de conformidad con
lo dispuesto en la NOM-019-STPS-2011,
15.-
Autorización por escrito a los trabajadores que realicen trabajos
peligrosos, en el caso de obras medianas y grandes.