1.-
Capacitación y adiestramiento para realizar sus actividades en condiciones
de seguridad.
2.-
Informe sobre los riesgos a los que están expuestos y, en particular,
a los relacionados con las actividades que desarrollan.
3.-
Registro, del acceso y salida de los trabajadores de la mina para
que, en todo momento, se identifique a las personas que se encuentren
en el interior, así como su ubicación por áreas o zonas, que permitan
ser localizadas en un plano.
4.-
Investigación de los accidentes y siniestros ocurridos en las minas,
para adoptar las medidas preventivas y correctivas que eviten la repetición
de dichos accidentes.
5.-
Hojas de datos de seguridad (HDS) de todas las sustancias químicas
peligrosas que se utilicen.
6.-
Comisión de Seguridad e Higiene, que se constituya, sea capacitada,
programe sus actividades y funcione.
7.-
Autorizaciones de funcionamiento de los recipientes sujetos a presión
y generadores de vapor utilizados en las obras de construcción, de
acuerdo con lo señalado por la NOM-020-STPS-2002.
8.-
Procedimientos para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones,
mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección
personal, basados en la información del fabricante, y conforme a lo
que señala la NOM-017-STPS-2008.
9.-
Señalizaciones de seguridad, con base en lo que dispone la NOM-026-STPS-2008.
10.-
Análisis de riesgos potenciales por áreas, procesos y actividades
en toda la mina.
11.-
Plan de atención a emergencias.
12.-
Procedimientos de alerta y alarma por emergencia deben contener para
cada tipo de emergencia.
13.-
Capacitación a los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo,
en el caso de las obras medianas y grandes.
14.-
Constitución en la obra de construcción al menos una comisión de seguridad
e higiene y supervisar que realice sus funciones, de conformidad con
lo dispuesto en la NOM-019-STPS-2011.
15.- Estudios de:
a) Niveles de ruido mayores a los límites máximos permisibles de exposición
establecidos en el Apéndice A de la NOM-011-STPS-2001.
b) Riesgos por temperaturas elevadas o abatidas, de conformidad con
lo que establece la NOM-015-STPS-2001.