Comisión
Mixta de Capacitación
Adiestramiento y Productividad 2024
La Comisión
Mixta de Capacitación y adiestramiento, tiene como finalidad
coordinar la impartición de la Capacitación y el Adiestramiento
a los trabajadores de la empresa. Esta se integra por personal tanto
de la parte patronal, como de la parte trabajadora, de manera equitativa.
La ley federal del trabajo, establece como obligación patronal
la impartición de esta capacitación, y en caso de negativa,
se impondrán multas como una medida de cohersión y aún
a pesar de tener que pagar dichas multas, no le exime al patrón
de las consecuencias y repercusiones que esto lleva implícito.
La Secretaría
del Trabajo publicó en el Diario Oficial de la Federación,
el Acuerdo por el que se fijan los criterios generales y se establecen
los formatos para la realización de trámites administrativos
en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores,
en los mismos se establecen como obligatorios los formatos DC-1, DC-2,
DC-3, DC-4, que competen a todos los patrones y otros para los instructores
externos de capacitación y adiestramiento. En esta publicación
se establecen además los lineamientos para tener un control
de la comisión y de los planes y programas.
Es sumamente importante
contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella
toda la responsabilidad de controlar la misma, la programación,
el control de asistencia, la emisión de constancias de capacitación
y adiestramiento, realización de los respectivos trámites
ante la delegación correspondiente, lista de asistencias, horas
de capacitación por trabajador, y otros detalles propios de
esta área tan importante desde el punto de vista técnico,
de seguridad y legal. Si en una empresa se establece un buen control,
entonces acarreará al empresario los siguientes beneficios:
- Disminución de accidentes.
- Incremento en la productividad.
- Reducción de tiempos muertos.
- Disminución de gastos indirectos.
- Contará con toda la documentación
que se requiere durante un visita de inspección, como Constancias
de habilidades, Lista de constancias.
- Integración de la comisión.
- Presentación de los planes
y programas, los 9 cursos básicos de seguridad que debe
impartir.
- Contará con pruebas para
acreditar ante cualquier junta de conciliación que usted
como patrón impartió la respectiva capacitación
al trabajador que lo está demandando.
- Y como consecuencia lógica
no tendrá que dar "mordidas", y por ende NO TENDRA
SANCION ADMINISTRATIVA ALGUNA.
Como se habrá percatado, es
bastante sencillo evitarse problemas tanto con los trabajadores,
como con las autoridades administrativas, tanto locales como federales.
Pero, es decisión de cada empresario el optar por continuar
como hasta ahora o realizar el verdadero cambio y de fondo en algo
tan básico como necesario.
Para apoyarlo, nuestra
empresa cuenta con todos los lineamientos técnicos y legales,
así como una serie de cursos con los cuales podemos apoyar
en esta tarea de capacitación. Nuestros consultores se actualizan
día con día para dar un mejor servicio a usted y a su
empresa. Contáctenos para iniciar la regularización
de su empresa y evitar todos los problemas antes descritos.
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